Igualdad ante la ley y principio de no discriminación especial referencia a la i
Desde su creación, la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea ha supuesto una aportación valiosa al reconocimiento y garant¡a de los valores y derechos consensuados en los Estados de Derecho de los pa¡ses miembros.
Su aportación no tiene que ver con la incorporación al catálogo de nuevos derechos, sino más bien con la conceptualización de los mismos. Los derechos dejan de separarse en derechos de primera generación (derechos de libertad) y derechos de segunda generación (derechos de igualdad). Los derechos pasan a formar un cuerpo único indivisible e interconectado. Ya no es posible justificar la existencia de derechos de primera o segunda categor¡a. Ahora solamente hay concreciones de los valores fundamentales que se reconducen al concepto último de la dignidad humana, que en la Carta se asocia al primero y más básico de los derechos: el derecho a la vida.
No obstante, la configuración de los valores y la clasificación de los derechos en torno a ellos no deja de ser criticable. Este trabajo tiene como objetivo centrarse en el valor de la igualdad del Titulo III de la Carta (art¡culos 20-26).
Este libro estudia el concepto de igualdad formal establecido, fundamentalmente, en los art¡culos 20 y 21 de la Carta, pero poniéndolo siempre en contacto con una noción más compleja de igualdad que indiscutiblemente asocia la idea formal y la idea material. Asimismo, y como ejemplo de esta interconexión fundamental, este trabajo ahonda en el concepto de la igualdad entre mujeres y hombres expresamente mencionada en el art¡culo 23.